Ecatepec de Morelos, Estado de México.-Un grupo político del municipio deEcatepecintentó promover un amparo en el que reclamabanabastecimientodeaguapotable y que al mismo tiempo sesuspendierala perforación de pozos para su explotación en la quinta zona de estemunicipio. Sin embargo, esta petición fue denegada por elJuez Tercero de Distritocon residencia enNaucalpan.

Esta decisión quedó asentada en elexpediente818/2022, en la cual se calificó como improcedente elreclamode 198 personas, todas ellas patrocinadas por un grupo presuntamente relacionado con elPartido Revolucionario Institucional(PRI) en la entidad mexiquense. El principal argumento es que el señalamiento eracontradictoriopuesto que, por una parte, demandaban la distribución delvital líquido, mientras que por otra parte pretendían suspender laperforaciónde pozos.

De acuerdo con el juez, no hay sentido en el hecho de que estosquejosospretendan suspender laperforaciónde pozos para suexplotaciónen las colonias en las que residen y que al mismo tiempo le reclamen a las autoridades responsables de proporcionar unservicioadecuado, eficiente y de calidad de agua a través de la res del municipio deEcatepec de Morelos. Razón por la cual decidió rechazar elamparopromovido.

Perforación de pozos en Ecatepec
Perforación de pozos en Ecatepec, Twitter
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Otro argumento del juzgador es que la solicitud sobre la suspensión de estas obrashidráulicasen el municipio ponía en riesgo lavida,saludy elderechohumano al agua, por lo que la queja se declaró comoimprocedente. Ante el reclamo de los inconformes sobre las probables afectaciones a calles avenidas e inmuebles, producto de laperforaciónde pozos y la sustracción de agua del subsuelo también fue improcedente por tratarse de eventualidades que no se pueden predecir por ser supuestos afuturo.

Por otro lado, el juez señaló que no se han realizado los estudioscorrespondientespara determinar que los lugares en donde se perfora son aptos para este efecto o que puedan causar daños en lascalles, avenidas o inmuebles y que, derivado de ello, se puedan generarsocavoneso cualquier otro efecto nocivo para mantener en buen estado los bienes; son actos futuros de realización incierta contras los que también improcedente conceder la suspensión provisional.

Fuente: Tribuna