Ciudad de México.-Genaro García Luna, el exsecretario de Seguridad Pública federal,obtuvo un amparocontra una orden de aprehensión emitida por la Fiscalía General de la República (FGR) por su presunta responsabilidad en el delito deenriquecimiento ilícitopor más de 27 millones de pesos. De acuerdo con elOctavo Tribunal Colegiado en Materia Penal,se resolvió que existenincongruencias en los datos aportados por la Fiscalíasobre los montos que García Luna percibió como servidor público y por determinadas operaciones que realizó.

Por tal motivo,el tribunal federal ordenó devolver el mandamiento judicialque le fue otorgado a la FGR y aclarar su petición, y una vez resueltas las incongruencias, podrán solicitar la orden de aprehensión y el juez de control deberá resolver lo que en derecho proceda. Cabe mencionar que el tribunal modificó la sentencia dictada por la jueza Yazmín Eréndira Ruiz Ruiz, quien negó el amparo al ex funcionario.

genaro garcia luna
La orden de aprehensión fue devuelta a la FGR Foto: Internet

El magistrado ponente del caso, Jorge Isaac Lagunes Leano puntualizó: “Existe una incongruencia que resulta relevante evidenciary en su caso que debe ser valorada por el juez de control a partir de lo que le expuso el Ministerio Público, y si ello no es factible, a partir de esta exposición hecha en el pliego de consignación,devolver la orden de aprehensiónal existir un impedimento formal para superarlo, ya que se observa, que se sostiene, en este delito de enriquecimiento ilícito, una premisa que resulta trascendente, que está vinculado con la afirmación del aquíquejoso que no señaló haber tenido tener otra fuente de ingresosadicionales a sus sueldos y salarios”, detalló.

Puntualizó que la autoridad ministerial presenta unos ingresos en los que se observa una incongruencia: “ya que si bien destaca ingresos que percibe por su salario,también destaca otros ingresosy señala en su propia consignación que estos ingresos corresponden a determinadas operaciones que este quejoso realizó ypropone incluso datos para identificar su origen”, por lo que es necesario que esto sea precisado en caso de tramitar una nueva orden de aprehensión.

En su oportunidad, lamagistrada, Taissia Cruz Parceroseñaló que es importante tener certeza sobre cuáles fueron los ingresos de García Luna. El Tribunal declaró constitucionales los artículos 142 y 143 del Código Nacional de Procedimientos Penales, los cuales impugnó el ex secretario. El magistrado ponente que los preceptos no son contrarios al orden constitucional, porque el juez puede librar la orden de captura en cualquier modalidad.

Fuente: Tribuna