Ciudad de México.-Cada vez falta menos para que los mexicanos conmemoremos elGrito de Doloresy tras este evento muchas de las actividades descansan por elDía de la Independencia, fecha en el calendario que, para laLey Federal del Trabajoes además una de carácter oficial; sin embargo, hay algunas que por su rol no se pueden dar el lujo de tomarse un tiempo y para ellos, se estipula en el documento que los trabajadores deberán recibir un pago más grande, es decir, se dispersará de esta forma.

ElArtículo 75de este importante documento marca que: “Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”, palabras que traducidas a un lenguaje más coloquial, marcan que el pago será triple, es decir, lo que se gana en un día normal pero multiplicado por dos.

Profedet
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¿Qué pasa si cae en domingo? Aunque en este 2022 el día oficial es viernes, en la ley se hace una anotación donde si coincide con un domingo y ese también se trabaja, el pago deberá incluir laprima dominicalque equivale al 25% sobre el salario de los días ordinarios de trabajo, lo que se enciente como una jornada laboral e lunes a viernes. Es solo en estos casos cuando las coincidencias benefician al trabajador, pues además de trabajar en un día inhábil y en uno que en teoría es de descanso, el pago reconoce el esfuerzo.

Por si te lo preguntas, los días que las empresas o el patrón te deben pagar la triple, es decir, los que la para la Ley Federal del Trabajo son oficiales, son los siguientes: 16 de septiembre por la Independencia de México;21 de noviembre, por la Revolución Mexicana y25 de diciembrepor Navidad. Estos son los los que restan del año y, si te toca ir a trabajar o bien hacer Home office, el pago es justo como se mencionó anteriormente.

Trabajador
Foto: ilustrativa

Si la empresa no cumple con el pago, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) te puede dar orientación o bien, servir como mediador para hacer cumplir este derecho, por lo que a través de sus redes sociales, unidad móvil, teléfono de contacto o correo electrónico, el trabajador puede meter la queja, la cual será analizada y posteriormente informada a la empresa la cual se verá obligada a efectuar el pago sin condicionantes.

Fuente: Tribuna