Ciudad de México.-Cosecha de Lluvia’ es un programa social operado por laSecretaría del Medio Ambiente, a través de la Dirección General de Coordinación de Políticas y Cultura Ambiental, que tiene como propósito mejorar el abasto de agua de las personas que viven en colonias de bajos ingresos, a través de la instalación deSistema Cosechador de Lluvia. El programa también contribuye a garantizar los derechos al agua, a una vida digna, a la ciudad y a la infraestructura social. De igual manera, se pretende reducir la exclusión de las mujeres, quienes con frecuencia tienen la tarea de buscar agua para cubrir las necesidades básicas de sus hogares.

Este programa se alinea con los principales derechos reconocidos en la Constitución de laCiudad de México, y también con los principios de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. De igual forma, contribuye a los ejes programáticos delGobierno de la Ciudad de México2018-2024. Se trata de una fuente alternativa de suministro de agua con calidad de uso doméstico durante la temporada de lluvias, aprovechando la lluvia como un recurso valioso. Además, los beneficiarios del programa reciben capacitación para aprender el uso y mantenimiento adecuado de su Sistema Cosechador de Lluvia.

Cabe señalar que este programa solo está dirigido par los habitantes de las alcaldíasMilpa Alta,Gustavo A. Madero,Tlalpan,Tláhuac,IztapalapayXochimilco. Para ser beneficiario es necesario Inscribirse y firmar una carta compromiso de que están dispuestos a cumplir con los requisitos de participación y adopción de los Sistema Cosechador de Lluvia, además de dedicar tiempo al aprendizaje de la captación de agua de lluvia.

También se deberá cumplir con una evaluación técnica por parte del equipo operador delProgramasobre las condiciones de
infraestructura de la vivienda y realizar las adecuaciones necesarias en el hogar para que se pueda llevar a cabo la instalación de losSistema Cosechador de Lluvia.

Cosecha de agua en la CDMX
Cosecha de agua en la CDMX, Foto: GobCDMX

Documentos necesarios:

  • Comprobante de domicilio (no anterior a 3 meses)
  • Identificación oficial vigente
  • Recibo predial (no anterior a 2 años), constancia u opinión técnica de uso de suelo emitido por la alcaldía donde habito
  • Copia simple de CURP

Cabe destacar que toda persona que sea sorprendida utilizando las tecnologías decaptación pluvialcon fines de lucro o partidistas antes, durante o después de la entrega de los SCALL, tendrá responsabilidad administrativa o penal de detectarse un uso distinto al autorizado en lasReglas de Operacióny deberá devolver los bienes en condiciones óptimas o su equivalente en dinero si se detecta en las visitas de verificación un uso distinto o su enajenación a terceros.

Fuente: Tribuna