Ciudad de México. –La Sala Superior delTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó el 7 de agosto la sentencia que confirma que la excandidata presidencialXóchitl Gálvez Ruizcalumnió aClaudia Sheinbaum Pardoy alMovimiento de Regeneración Nacional (Morena)durante el tercer debate presidencial. Los magistrados decidieron por mayoría que los términos “narcocandidata” y “narcopartido” utilizados por Gálvez en el debate se constituyen como calumnias debido a que fueron expresados en un evento oficial organizado por elInstituto Nacional Electoral (INE).

Resulta que durante la sesión, se retomó el proyecto del magistradoFelipe de la Mata Pizaña, quien argumentó que los debates presidenciales deben ajustarse al principio constitucional delibertad de expresión, pero con límites que impidan la difusión de afirmaciones sin pruebas. “Yo no tengo ninguna duda de que losdebatesse utilizan como propaganda y el debate es fuente depropagandaposterior. Lo más sano es mantener el principio constitucional de libertad de expresión acotada”, afirmó De la Mata Pizaña en defensa de su proyecto.

#ULTIMAHORA
uD83DuDEA8 PIERDE JUICIO ELECTORAL@XochitlGalvez

El@TEPJF_informaconfirmó que la Prianista cometió CALUMNIA en el último debate en contra de@Claudiasheinal llamarla#NarcoCandidatay a Morena al llamarlos#NarcoPartido. Con esto se le cae la estratega al Prian de que le…pic.twitter.com/6mv4DTXcz4

— La Catrina Norteña (@catrina_nortena)August 7, 2024

Por su parte, los magistradosJanine Otálora Malassis y Reyes Rodríguez Mondragónse manifestaron en contra de la sentencia, argumentando que lalibertad de expresióndebe prevalecer durante los debates, que son un ejercicio democrático. Consideraron que los señalamientos no deberían ser calificados como propaganda y que la multa impuesta a Gálvez podría ser una violación de sus derechos a la libertad de expresión.

Cabe señalar que laSala Especializada del Tribunal Electoralya había determinado el 18 de julio que Gálvez había incurrido en calumnia, imponiéndole una multa de 32 mil 571 pesos, además de 10 mil 857 pesos para cada uno de los tres institutos políticos que representaban a la política. Sin embargo, tanto Gálvez como elPartido Revolucionario Institucional (PRI)impugnaron la decisión, alegando que se le imputó un hecho falso sin base periodística.

No hay derrotas ni victorias eternas. Lo que siempre hay es voluntad y esperanza.

Somos 16 millones de personas que creemos en la vida, la verdad y la libertad que vamos a seguir trabajando por nuestros ideales.

¡Gracias Zacatecas! Los llevo en el corazón.pic.twitter.com/IrqWq8gFbb

— Xóchitl Gálvez Ruiz (@XochitlGalvez)August 6, 2024

Por su parte, el miércoles, la Sala Superior también concluyó que el proyecto de la Sala Especializada violó el principio de exhaustividad al no analizar los casos de manera individual. Se ordenó realizar un nuevo análisis y emitir una nueva sentencia para asegurar una evaluación más detallada.

En cuanto a Claudia Sheinbaum, la Sala Superior reiteró que la virtual presidenta electa no incurrió en calumnia contra Gálvez al señalar presuntas irregularidades durante la administración de Gálvez en la alcaldía Miguel Hidalgo de la Ciudad de México. La Sala Especializada ya había determinado previamente que las acusaciones de Sheinbaum no se dirigieron de manera explícita o directa a actos de corrupción específicos y, por tanto, no se pueden considerar calumniosas ni implican la imputación de un delito.

Fuente: Tribuna