Ciudad de México.-A partir de este viernes 16 de enero de 2026, ha entrado envigorla reforma a laLey General de Salud, aprobada por elCongreso de la Uniónen diciembre pasado. Estareformaestablece la prohibición de laventa, fabricación y distribución de vapeadores, cigarrillos electrónicos y cualquier dispositivo análogo.También seprohíbelapublicidadypropagandadecigarrillos electrónicosyvapeadoresa través de cualquier medio de comunicación, incluidos los impresos, digitales, televisivos o cualquier otra vía.
“Quedaprohibidoen todo el territorio nacional la adquisición con fines de comercialización, preparación, producción, fabricación, mezclado, acondicionamiento, envasado, transporte con fines comerciales, almacenamiento, importación, exportación, comercio, distribución, venta y suministro decigarrillos electrónicos, vapeadoresy demás sistemas odispositivos análogos,incluidos aquellos que son desechables o de un solo uso”, explica el documento publicado en elDiario Oficial de la Federación (DOF).

Con la entrada en vigor de lareforma,las autorizaciones sanitarias relacionadas concigarrillos electrónicos, vapeadoresy demás sistemas o dispositivos análogos, que se hayan otorgado con anterioridad a la entrada en vigor del decreto, quedarán sin efectos. “LaComisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitariosnotificará a las personas titulares de dichas autorizaciones para que, de manera inmediata, cesen todas las actividades vinculadas a dichos dispositivos”, refiere lareforma.
La venta de dicho producto seprohíbe, principalmente, por losgraves riesgos para la saludque representan (enfermedades pulmonares, cardíacas, cáncer), laadicción a la nicotinaque generan, su impacto negativoen eldesarrollo cerebralde los jóvenes, la presencia de sustancias tóxicas y cancerígenas en sus aerosoles, y porque no hay evidencia de que sean una forma segura de dejar de fumar, sino una puerta de entrada a otras adicciones para los adolescentes.
Montos por infringir la ley
Desde hoy, quienesinfrinjan la leyseránsancionadoscon penas de prisión de uno a ocho años y una multa que oscila entre 100 y 2 mil veces el valor diario de laUnidad de Medida y Actualización (UMA). Considerando que laUMAes de 117.31 pesos, la multa mínima es de 11 mil 731 pesos y la máxima asciende a 234 mil 620 pesos.
Vapear ENVEN3NA tus pulmones célula por célula…
– Inflamación crónica
– Daño pulmonar irreversible
– Mayor adicción que con el tabacoEsto es lo que sucede en tu cuerpo y cómo SALVARTE antes de que sea DEMASIADO TARDE (basado en la ciencia):pic.twitter.com/rJHUQpTtV2
— Mente Sabia (@Mente_Sabiaa)May 30, 2025
Fuente: Tribuna del Yaqui
