Ciudad de México.-Como cada año, las personas deben comenzar a realizar un recuento delpago de sus impuestos, de lo contrario podrían hacerse acreedores a unamultao (en el peor de los casos) podrían terminar enprisiónporevasión de impuestos. Debido a ello, aquí enTRIBUNAte contamos quiénes deben realizar suDeclaración Anualpara esta segunda semana del mes de febrero, así que, ponte alerta.

Es bien sabido que elServicio de Administración Tributaria(SAT) puede parecer un tanto intimidante para las personas, esto mismo se ve reflejado año con año en losmemesy diversosvideosque la gente suele hacer enredes socialespara expresar lo poco que entienden sobre elpago de impuestosy lo tedioso que este trámite puede llegar a ser. Incluso hay quienes lo ven como unapérdida de ingresos, puesto no ven reflejados resultados en elsector seguridad(esto debido a los altosindices de violenciaque se han reportado enMéxicoen los últimos años).

Ya sea que estés de acuerdo o en desacuerdo con este trámite, la realidad es que es algo que debe hacerse y el próximo15 de febrerose vence el plazo para un sector específico de la población realice su declaración anual, ¿de quién se trata? Resulta ser que lasorganizaciones civilesyfideicomisosautorizados para reicibr donativosdeducibles de impuestossobre la renta(ISR) tendrán que realizar una declaración sobre sus ingresos y erogaciones.

#ComunicadoSAT

El SAT recuerda a las Donatarias Autorizadas presentar su declaración anual a más tardar el 15 de febrero, en la cual deben informar acerca de sus ingresos obtenidos y de las erogaciones efectuadas.

Para más información, visita el Portal del SAT…pic.twitter.com/BhTPgK5swA

— SATMX (@SATMX)February 13, 2024

Éstas organizaciones están obligadas a dar su declaración anual a través delFormato 21“Declaración Anual de Personas Morales conFines de No Lucrativos”, en el mencionado documento deben añadir los registros ycomprobantes fiscalesde su contabilidad. Según lo dicho por el SAT, es necesario tener en cuenta si los organismos obtuvieron entradas económicas no relacionadas con los fines autorizados por un monto mayor al equivalente al 10 por ciento de los ingresos totales recibidos en elejercicio, también es necesario aclarar si se trata de un impuestos correspondiente por excedente.

En caso de que las organizaciones no presenten su declaración anual de impuestos, se determinaría que cayeron en un incumplimiento, por lo que podrían perder la autorización de recibir donativos deducibles sin prejuicio de las sanciones aplicables. Finalmente, el Servicio de Administración Tributaria los ingresos de estas dependencias deben ser declarados ante laSecretaría de Hacienda y Crédito Público a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto de Cuenta Pública.

Fuentes: Tribuna