Ciudad de México.- ¡Atención, contribuyentes!  El Servicio de Administración Tributaria (SAT) te recuerda que este jueves 30 de abril de 2026 es la fecha límite para que las personas físicas presenten su Declaración Anual correspondiente al ejercicio fiscal 2025, un trámite obligatorio para reportar ingresos, deducciones y determinar el pago de impuestos.

Como se sabe, la declaración anual es el documento mediante el cual los contribuyentes informan al SAT sobre sus operaciones fiscales del año anterior (en este caso, del 2025). A partir de este reporte, la autoridad determina si existe saldo a favor, por pagar o en ceros, de acuerdo con los ingresos y deducciones registradas.

 

¿Quiénes deben presentar la Declaración Anual?

El SAT establece que deben cumplir con esta obligación las personas físicas que se encuentren en ciertos supuestos. Entre ellos están:

  • Quienes trabajaron para un solo empleador, pero dejaron su empleo antes del 31 de diciembre
  • Los que obtuvieron ingresos adicionales a su salario o trabajaron para dos o más empleadores de manera simultánea.

También deben presentar la declaración quienes recibieron ingresos desde el extranjero o de personas no obligadas a retener impuestos, así como quienes percibieron indemnizaciones, pensiones o jubilaciones que superen los límites establecidos por la ley o cuyos ingresos anuales excedan los 400 mil pesos.

A estos casos se suman quienes obtienen ingresos por servicios profesionales, actividades empresariales —incluidas plataformas tecnológicas, régimen de incorporación fiscal o región fronteriza—, arrendamiento de inmuebles, intereses, dividendos o por la enajenación o adquisición de bienes.

En contraste, las personas inscritas en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico) no están obligadas a presentar la declaración anual, salvo en situaciones específicas contempladas en la normativa vigente, donde pueden optar por realizarla.

Requisitos para presentar el trámite

Para cumplir con la declaración anual, los contribuyentes deben contar con su contraseña activa y, en algunos casos, con la e.firma vigente. Esta última es necesaria principalmente cuando el saldo a favor supera los 10 mil pesos o cuando se registra una nueva cuenta CLABE para devolución.

El SAT informó que, en caso de no contar con estos elementos, existen herramientas digitales para generarlos o actualizarlos. Entre ellas se encuentran la plataforma SAT ID, la aplicación SAT Móvil y el portal oficial del organismo, donde es posible realizar estos procesos con apoyo de la e.firma.

 

Último día para cumplir con la obligación fiscal

Con el cierre del plazo este 30 de abril, la autoridad fiscal reiteró la importancia de cumplir en tiempo y forma para evitar posibles sanciones, recargos o multas. Además, recomendó a los contribuyentes revisar cuidadosamente su información antes de enviar la declaración, con el fin de evitar errores que puedan retrasar devoluciones o generar inconsistencias.

Fuente: Tribuna del Yaqui