Nogales, Sonora.– Existe un dicho que dice que son la familia no se deben hacer negocios, puesto en caso de que las cosas terminen mal, losvínculos afectivostambién se ven afectados y las cosas no vuelven a ser las mismas. Este fue el caso deGuadalupe‘N’, de 48 años, y su sobrino, quien la agredió a piedras, una vez que éste se enteró de que ella no le vendería suautomóvil, por lo que él tomó represalias.
Los hechos ocurrieron enNogales,Sonora, alrededor de las 16:07 horas del pasado jueves10 de octubre, enla calle Leones, enla colonia Bellavista, sitio hasta el que asistieron las autoridades después de recibir un llamado de auxilio, en el que la fémina denunció que su sobrino habría comenzado a lanzarle piedras a su vehículo, unvehículo tipo Jeep Cherokee, que habría comprado hacía medio mes.
#Seguridad| Secuestran al diputado Vicente Verástegui, tío de Eduardo Verástegui; lo sacaron de su rancho uD83DuDEA8https://t.co/5C7aYrPwZ0
— Tribuna Sonora (@TribunaSonora)October 12, 2024
De acuerdo con reportes de la víctima, tiempo atrás había acordado con su sobrino que le vendería suauto; pero al final se lo terminó vendiendo a otra persona porque su familiar jamás le entregó eldineroacordado. Esta situación desató la furia de su pariente, quien acudió a verla, para luego comenzar a arrojarle piedras a su nuevoautomóvil, el cual terminó con un vidrio estrellado de la parte posterior, para luego marcharse del sitio.
Hasta el momento, se desconoce si las autoridades lograron aprehender al sujeto o si éste habría logrado fugarse luego de protagonizar la acción violenta; sin embargo, se sabe que la policía intentó tranquilizar a lamujer, a quien le leyeron sus derechos como víctima de un delito. Por ahora se ignora si la fémina habría optado por demandar a su familiar o simplemente dejaría pasar la ocasión y llegará a un acuerdo con su sobrino de manera externa.

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¿Qué pasa si daño propiedad privada en México?
El daño a la propiedad está clasificado como un delito y, según información expedida delCódigo Penal Federa, en suArtículo 397, se informó que se impondrán de cinco a 10 años de prisión y multa de 100 a cinco mil pesos, a las personas que resulten culpables del mencionado delito ya sea por incendio, inundación o explosión con daño o peligro a unedificio,vivienda,habitación,ropa,muebles,objetos personales,archivos públicos, entre otras cosas.
Fuentes: Tribuna