Hermosillo, Sonora.-Este 1 de junio, durante las votaciones para elegir a jueces, magistrados y ministros delPoder Judicial de la Federación,comenzó a circular información en redes sociales —principalmente en Facebook— que aseguraba que un hombre había sido detenido en la capital del estado tras intentaringresar a las urnascon un acordeón en el que supuestamente se indicaba por quién debía votar.

Esta noticia generó pánico entre internautas, quienescomenzaron a quejarsepor la aparente falta de vigilancia en las casillas de Hermosillo, Sonora. Incluso hubo ciudadanos que exigieron a las autoridades locales pronunciarse para aclarar la situación. Sin embargo, a las 10:36 horas, laAgencia Ministerial de Investigación Criminal del Estado de Sonora, señalada como responsable directa de la presunta detención, emitió un comunicado.

“En relación con la información que circula en una cuenta de lared social Facebooksobre la detención de una persona en las urnas, se informa que el contenido es falso. Por lo tanto, se invita ahacer caso omisode este tipo de publicaciones e informarse a través de medios establecidos u oficiales”, expresó a través de la la plataforma la unidad encargada de investigar y perseguir delitos en Sonora.

Es la foto que circula en redes sociales
Es la foto que circula en redes sociales

El rumor no terminaba con la supuesta detención; también se afirmaba que, según una resolución delTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación(TEPJF), era ilegal portar acordeones durante la elección judicial, y que el imputado habría incurrido en un delito electoral, lo que podría derivar en una pena de 5 a 10 años de prisión conforme alCódigo Penal Federal.A su vez, el escrito todavía sigue circulando en la web.

Finalmente, es importante aclarar que, según elInstituto Nacional Electoral(INE) y el artículo 264, la sanción por una falta como esta sería la cancelación inmediata de la acreditación como observador electoral, así como la inhabilitación para participar en al menos dos procesos electorales federales. Esta sanción sería aplicada por el Consejo General del INE, conforme al procedimiento señalado en elartículo 270.

Fuente: Tribuna